Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes del sector Residencial (viviendas y hoteles)

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Si estáis interesados en mejorar la letra de un edificio existente dentro del sector Residencial (viviendas y hoteles), estáis de suerte pues existe un programa de ayudas para financiar mejoras que permitan realizarlo. El programa se denomina PAREER, desarrollado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

 PAREER

Cuando se realiza una certificación energética, unos de los requisitos que se exige es incluir en dicho informe un listado de mejoras que permitan mejorar la calificación del edificio en cuestión. Estas ayudas van enfocadas a financiar las mejoras propuestas por el certificador y es uno de los muchos documentos a presentar.

El programa se inició el pasado 2 de Octubre de 2013 y finalizará el 30 de Octubre de 2015. En la página web del IDAE podéis conseguir más información al respecto.

Las actuaciones que entran dentro del programa PAREER deben encontrarse en una o más de las siguientes tipologías:

1.- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

2.- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.

3.- Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas

4.- Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

Los beneficiarios de este tipo de ayudas podrán ser los siguientes:

a. Personas físicas y jurídicas que sean propietarios únicos de edificios de uso de vivienda o viviendas unifamiliares.

b. Comunidades o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios de viviendas constituidos como propiedad horizontal.

c. Personas físicas y jurídicas propietarias de edificios de uso hotelero.

d .Empresas de servicios energéticos (ESE).

El tipo y cuantía de las ayudas dependerá de la tipología de actuación y el coste elegido. En todos los casos, la ayuda se materializa en forma de préstamo bancario con unas condiciones muy buenas:

– Tipo de interés: Euribor + 0,0%

– Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluidos un periodo de carencia opcional de 1 año).

– Garantías: aval o contrato de seguro de caución por importe del 20% de la cuantía del préstamo.

Existe un caso especial para la mejora de envolvente térmica, donde se podrá elegir subvencionar el 30% del coste elegible de la actuación, teniendo un límite máximo de 3000€ máximo por vivienda, en el caso de edificios del sector residencial.

Sobre los costes elegibles a financiar entrarían los siguientes:

1.- Honorarios profesionales para la elaboración, por el técnico competente, de:

– Certificado de eficiencia energética.

– Inspección periódica de eficiencia energética del RITE.

– Redacción de los proyectos técnicos.

– Dirección y ejecución de la obra y de la instalación.

2.- Inversión en equipos efectuada y los costes de ejecución de la instalación, obra civil asociada e instalaciones auxiliares, y los específicos para cada tipología:

Actuación 1: instalaciones auxiliares necesarias para llevar a cabo la actuación, como andamiajes o grúas.

Actuación 3: silo, modificación de la sala de calderas, sistemas de transporte interno de biomasa, sistemas de tratamientos y emisión de humos y demás elementos necesarios para su explotación y en caso de redes, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización, redes de calor/frío y estaciones de intercambio.

– Actuación 4: realización de los estudios, ensayos, sondeos y simulaciones preliminares previas a la realización del diseño de la instalación, sondeos, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización y demás elementos necesarios para su explotación, así como redes de calor/frío y estaciones de intercambio.

No se considerará elegible ningún coste que haya sido facturado al beneficiario con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del Programa, ni se incluye licencias, tasas, impuestos o tributos.

procedimiento

La documentación a presentar ha de realizarse a través del IDAE, donde además encontrareis más información del programa. En concreto, os recomiendo la presentación IDAE del programa PAENER, donde queda muy resumido de forma visual y sencilla el contenido de la resolución de las bases reguladoras.

MUY IMPORTANTE, existen requisitos mínimos para poder ser beneficiario de este tipo de ayudas. Dichos requisitos los podréis encontrar en la Resolución del 25 de septiembre, resumida en gran parte en la Presentación IDAE del Programa PAREER y en los documentos de Preguntas Frecuentes, todas ellas en la página del IDAE.

Bibliografía

IDAE. Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes del sector Residencial (uso vivienda y hotelero). [Consulta: 08/01/2014]. Disponible en: http://www.idae.es/index.php/id.745/relmenu.409/mod.pags/mem.detalle

Resolución de 25 de septiembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la de 25 de junio de 2013, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero). [Consulta: 08/01/2014]. Disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/2013/10/01/pdfs/BOE-A-2013-10201.pdf

IDAE. Presentación IDAE del Programa PAREER. [Consulta: 08/01/2014]. Disponible en: http://www.idae.es/index.php/mod.documentos/mem.descarga?file=/documentos_Presentacion_PAREER_IDAE_9185f8b1.pdf

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